Para fortalecer las inversiones en trenes, eximen de impuestos aduaneros a empresas ferroviarias
La normativa exime del pago de derechos de importación y de tasas aduaneras a bienes adquiridos hasta el 31 de diciembre de 2025, destinados a proyectos de inversión para el fortalecimiento y la mejora del sistema ferroviario de cargas y pasajeros
Mediante el Decreto 312/2026 publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo de la Nación estableció a partir de este lunes la exención de tributos aduaneros para importaciones destinadas a la modernización y el fortalecimiento del sistema ferroviario, en el marco de la Emergencia Ferroviaria.
La medida, impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, alcanza a Belgrano Cargas y Logística SA, Operadora Ferroviaria SA y la Administración de Infraestructuras Ferroviarias SA, empresas responsables del transporte de cargas, de pasajeros y de la infraestructura ferroviaria y la red de trenes en todo el país.
Puntualmente, la normativa exime del pago de derechos de importación y de tasas aduaneras (estadística y comprobación) a bienes adquiridos hasta el 31 de diciembre de 2025, destinados a proyectos de inversión para el fortalecimiento y la mejora del sistema ferroviario de cargas y pasajeros, siempre que no puedan ser provistos por la industria nacional.
Se trata de material rodante (vagones y repuestos), reposición de repuestos críticos, equipamiento tecnológico y componentes de infraestructura con alto grado de especificidad técnica, tales como maquinaria y vehículos para mantenimiento, control y rehabilitación de vías, contenedores, sistemas de señalamiento, sistemas de frenado y sus componentes, sistemas de computación y comunicación ferroviaria, y sistemas de seguridad, entre otros.
OBRAS EN LOS TRENES DE CARGAS
Cabe destacar que las empresas mencionadas adquirieron estas mercaderías durante la vigencia de las exenciones tributarias, cuyo plazo venció el 31 de diciembre de 2025, y que, por razones ajenas a su voluntad, no pudieron ser embarcadas antes de esa fecha.
En este contexto, y en el marco de la emergencia ferroviaria vigente, la normativa resulta necesaria para garantizar la continuidad de las obras y contratos en ejecución, evitando que la finalización de dichos beneficios fiscales genere un encarecimiento significativo de los costos de inversión —que podría alcanzar aproximadamente un 40%— y comprometa su desarrollo.
“La medida consolida el proceso de recuperación del sistema ferroviario, permitiendo avanzar con inversiones estratégicas garantizando su ejecución”, subrayaron desde el Gobierno.
Y cerraron: “De esta manera, el Gobierno Nacional continúa avanzando en el fortalecimiento del sistema ferroviario, clave para mejorar la seguridad operativa, optimizar la eficiencia logística y potenciar el desarrollo de las economías regionales, promoviendo un transporte más moderno, confiable y competitivo”.










