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Para poder seguir vendiendo carne a la Unión Europea, Senasa prohíbe utilizar antimicrobianos usados como promotores de crecimiento o en la salud de humanos

Fuente: Bichos de Campo 29/04/2024 09:24:55 hs

Para adaptar las normas de salud veterinaria a la Ley de Prevención y Control de la Resistencia a los Antimicrobianos 27.680, pero además asegurar a futuro que la Argentina no tenga problemas para exportar sus carnes a la Unión Europea (UE), el Senasa determinó este lunes la prohibición total en la Argentina de productos veterinarios

Para adaptar las normas de salud veterinaria a la Ley de Prevención y Control de la Resistencia a los Antimicrobianos 27.680, pero además asegurar a futuro que la Argentina no tenga problemas para exportar sus carnes a la Unión Europea (UE), el Senasa determinó este lunes la prohibición total en la Argentina de productos veterinarios antimicrobianos que sean utilizados como promotores de crecimiento o en tratamientos para humanos.

La idea general de esta nueva normativa es evitar, de modo concreto, que los antibióticos utilizados en personas vayan perdiendo eficacia por la creciente resistencia que adquieren los virus y bacterias frente a su uso creciente. En realidad, este problema de las resistencias es global y se acelera. La familia de antimicrobianos es más extensa y además de los antibióticos abarca los antivíricos, los antifúngicos y los antiparasitarios.

Mediante la Resolución 445/2024, publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria determinó dos tiempos de limitaciones para el uso de una serie de antimicrobianos, destinada a evitar la resistencia (REM):

  • Se prohíbe en todo el Territorio Nacional el uso y/o la comercialización de productos veterinarios que contengan en su formulación principios activos antimicrobianos, solos o en combinación, con fines de promoción de crecimiento, mejorador del desempeño y/o de la eficiencia alimentaria de los animales.
  • Se prohíbe en todo el Territorio Nacional la elaboración, distribución, importación, uso, comercialización y tenencia de productos veterinarios que contengan en su formulación cualquier antimicrobiano que, de acuerdo con la evidencia científica nacional y/o internacional, sea reservado para el tratamiento de ciertas infecciones en humanos.

Tan draconiana medida tiene la clara intensión  de adecuar la legislación argentina a una tendencia internacional que, cuando no, comenzó a surgir de los países de la Unión Europea y que luego se contagió hacia foros internacionales como al Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Mundial de Salud Animal (OMSA). El primero de estos organismos ya había elaborado una lista de antimicrobianos de importancia crítica para la medicina humana.

Frente a esa presión, la Argentina sancionó en 2022 una ley específica, que en sus artículos 17 y 18 habla sobre los medicamentos de uso veterinario. El Senasa, que venía muy demorado en este asunto pues desde junio de 2015 se había lanzado la Estrategia Argentina para el Control de la Resistencia Antimicrobiana, ahora dispuso estas sendas prohibiciones.

La presión para hacerlo también surgió de la UE, donde creen que la resistencia a los antibióticos también crece por la ingesta de carnes con residuos de medicamentos antimicrobianos. Por eso el bloque dictó el Reglamento 2019/6 del 11 de diciembre de 2018, donde un artículo específico establece restricciones al uso de determinados medicamentos antimicrobianos en animales o productos derivados de estos que entren a la UE.

Esa normativa comenzaría a aplicarse a partir de mediados de 2026 y por eso los europeos están consultando a sus proveedores habituales de carnes (entre ellos, claramente está la Argentina) sobre las garantías que ofrecen para eliminar esos residuos de sus envíos. La pretensión oficial es que se puede ingresar en una lista de países que ofrecen una carne libre de REM.

“Resulta necesario no administrar ciertos antimicrobianos ni ninguna de sus sales a los animales, con el objeto de preservar su eficacia en el tratamiento de infecciones causadas por bacterias multirresistentes en humanos”, explicó el organismo argentino. También recordó que la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) ha establecido una clasificación de los antibióticos de uso en salud animal con el fin de establecer un uso prudente y responsable, dividiéndolo en categorías A (Evitar), B (Limitar), C (Precaución) y D (Prudencia).

En este contexto, la nueva resolución también establece que no podrán registrarse a partir de ahora productos veterinarios “que contengan cualquier indicación con esquemas de dosificación subterapéutica, es decir, por debajo de la dosis terapéutica referida en la información científica conocida”.

El Senasa fijó ahora un plazo de 90 días corridos (tres meses) para que las empresas con registros vigentes presenten una “propuesta de adecuación de indicaciones y rotulados, para su consideración y aprobación”. Luego de ese plazo, se “cancelará el registro de manera automática”.

Hay una excepción, donde los plazos se reducen a solo 30 días: es para los medicamentos que contengan derivados de fosfomicina (Ácido fosfórico) o Polimixina B.

La normativa aprobó un listado de antimicrobianos reservados para el tratamiento de determinadas infecciones en los humanos, que ya no podrán ser utilizados en salud animal:

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