Pymes y agricultura familiar tendrán su espacio en los supermercados
En febrero de este año, el Congreso de la Nación aprobó la Ley de Góndolas que busca que los precios sean claros para los consumidores. Además, el espíritu de la normativa es que los consumidores puedan acceder a más productos regionales o artesanales de las micro, pequeñas y medianas empresas, productos de agricultura familiar, campesina e indígena,
En febrero de este año, el Congreso de la Nación aprobó la Ley de Góndolas que busca que los precios sean claros para los consumidores.
Además, el espíritu de la normativa es que los consumidores puedan acceder a más productos regionales o artesanales de las micro, pequeñas y medianas empresas, productos de agricultura familiar, campesina e indígena, productos de la economía popular y productos de cooperativas y mutuales.
Finalmente, el Gobierno reglamentó la ley que tendrá a la Secretaría de Comercio Interior como autoridad de aplicación. Para lograr los objetivos, los congeladores exclusivos, islas de exhibición, exhibidores contiguos a la línea de caja o espacios virtuales patrocinados deberán estar claramente identificados y diferenciados de las góndolas o locaciones virtuales para evitar toda confusión en las consumidoras y los consumidores.
En lo que respecta a pymes o agricultura familiar, la reglamentación señala: “Para la exhibición de productos producidos por micro y pequeñas empresas nacionales, y/o cooperativas y/o asociaciones mutuales, así como para la exhibición de productos originados por la agricultura familiar, campesina o indígena, o de los sectores de la economía popular, deberá considerarse la superficie total de góndola de cada establecimiento de venta o locación virtual, según corresponda, destinada a la exhibición de productos ofertados al consumidor y a la consumidora respecto de cada categoría de productos establecida por la Autoridad de Aplicación”.
Además, la autoridad de aplicación podrá fijar un máximo por categoría de productos, para los diversos formatos de espacios de venta y locaciones virtuales, considerando el grado de abastecimiento de los proveedores o las proveedoras o grupos empresarios de la rama nacional y los hábitos de consumo e intereses de las consumidoras y los consumidores, establece la reglamentación.
A principio de año, luego de la sanción de la ley, el presidente de Coninagro sostuvo: “Valoramos que el espíritu de la ley y su aplicación contemple a los sectores que trabajan en pos del desarrollo local, del arraigo familiar y de una sinergia entre lo público y lo privado”. Al mismo tiempo agregó que no deja de ser prometedor para el sector cooperativo la posibilidad de un cupo en las góndolas de las grandes cadenas de supermercados.
¿Cómo deben estar exhibidos los productos en la góndola?
- Los productos de una marca no pueden ocupar más del 30% de la góndola.
- En la góndola de un producto, por ejemplo, de fideos o galletitas, debe haber 5 marcas diferentes, como mínimo.
- El 25% de los productos deben ser de las Pymes, cooperativas o mutuales y el 5% de los productos deben ser de empresas de agricultura familiar, campesina o indígena o de la economía popular.
- Los productos de menor precio deben estar en el sector medio de la góndola y en la primera página del sitio web donde se muestran los productos.
- En la isla de exhibición y en los exhibidores que están pegados a la caja donde se cobra, el 50% del espacio debe estar ocupado por productos de micro y pequeñas empresas nacionales, de cooperativas y de mutuales.
¿Qué comercios deben cumplir esta ley?
- Supermercados totales;
- Supermercados;
- Supertiendas;
- Autoservicios de productos alimenticios;
- Autoservicios de productos no alimenticios;
- Cadenas de negocios minoristas;
- Organizaciones mayoristas de abastecimientos;
- Tipificadores-empacadores de productos perecederos;
- Centros de compras.
Vía: Agrofy News
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